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miércoles, 1 de septiembre de 2021

Las adecuaciones curriculares y el plan de estudios


 

Por: José Florentino Estrada Ruíz

Para hacer las adecuaciones curriculares significativas o altamente significativas se consideran dos aspectos:


- La evaluación psicopedagógica.

- La planeación del maestro.


¿Que debemos considerar por: "planeación del maestro"?


Opción A ) El plan de estudios vigente.


Opción B ) El plan de clase.


Por planeación debemos considerar la opción A) El plan de estudios vigente.


Desde esta perspectiva cobra sentido el hecho de considerar disminuir o incrementar el grado de dificultad que supone un determinado Aprendizaje Esperado. Al hacer las adecuaciones  partiendo del plan de estudios vigente estarás contribuyendo enormemente a un Diseño Universal para el Aprendizaje.


Si por el contrario, consideramos las adecuaciones desde la opción B) El plan de clase (como malinterptetamos en su momento la gran mayoría del magisterio),  entonces las adecuaciones sí van a resultar costosas en tiempo y recursos, poco significativas, doble quebradera de cabeza, poco funcionales, etcétera, por eso de ahí surge la idea de "hacer una ruptura con las adecuaciones". 


¡Entiendan a los autores! si las estan haciendo desde el plan de clase, sí te sugiero romper con esa dinámica tonta de  hacer un plan de clase sin tomar en cuenta a nadie y luego volverte a quebrar la cabeza para considerar a los que no se consideró desde un inicio. O bien hacer un apartado en el plan de clase con la leyenda:  "adecuaciones curriculares" y anotar cosas jamás llevadas a cabo y como mero requisito administrativo ya después de que diste la clase, ¡ya para qué! Ahí sí te recomiendo que hagas una ruptura con ese tipo de dinámica de adecuaciones.


Como estamos partiendo del plan de estudios vigente, no vamos a hacer ninguna ruptura con las adecuaciones. La ruptura únicamente es recomendable si se considerara partir del plan de clase.


Por eso hago mucho énfasis de apoyar al diseño de una planificación diversificada con perspectiva DUA considerando adecuaciones  curriculares.


¿Cómo se le llama ahora a las adecuaciones?


La respuesta es simple, se les sigue llamando adecuaciones, no se les llama de otra manera.


Como ATP he tenido tres supervisores hasta el momento, recuerdo que mi segundo supervisor me planteo esa misma pregunta y  le contesté desde mi ignorancia: "se les llama Ajustes Razonables profe", recuerdo que no me quedé tranquilo ese día con mi estúpida y tonta respuesta que le di y me puse a leer a ver si no le había dicho mentiras, tal fué mi sorpresa al leer, que comprendí que el Ajuste Razonable se hace a un DUA, ¡no puedes hacer Ajustes Razonables sin un DUA previo! Todo el concepto de ajuste razonable cobra sentido cuando se hace a un DUA, ahora si quieres lo puedes analizar palabra por palabra!


Las adecuaciones bien empleadas resultan un recurso muy valioso para las prácticas Inclusivas, planteadas como apoyos y recursos, como acciones en los puntos de verificación de las pautas del DUA, como acciones que implican disminuir o incrementar el grado de dificultad que supone un determinado Aprendizaje Esperado en ése mismo DUA, como acciones para los ajustes razonables a un Diseño Universal previo. 


Los Ajustes Razonables son al diseño universal e implican acciones específicas que se requieren en un caso particular,  para garantizar a las personas con discapacidad el goce o ejercicio de sus derechos en igualdad de condiciones que los demás. Esas acciones específicas que se requieren en un caso particular tienen que ver con el acceso principalmente, por eso las adecuaciones de acceso entran en gran medida como acciones de un ajuste razonable.  Aunque no todos los Ajustes Razonables son Adecuaciones, también hay Ajustes Razonables como lo son: las actitudes hacia la discapacidad o la organización de la escuela.


El concepto de Ajustes Razonables Originalmente dice: "para garantizar a las personas con discapacidad el goce o ejercicio de sus derechos en igualdad de condiciones que las demás" se entiende la idea.


Por malas interpretaciones, o quizá con buenas intenciones le quitaron la palabra "discapacidad" al concepto y queda una aberración como la siguiente: "para garantizar a las personas el goce o ejercicio de sus derechos en igualdad de condiciones que las demás" Esta última frase no tiene sentido y además la persona con discapacidad quedó invisibilizada.


Es como si dijeras: "Fulano tiene el mismo derecho que las demás personas" Se entiende la idea.


Las personas tienen el mismo derecho que las demás personas. ¿y dónde quedó Fulano?


Esta aberración, como muchas otras, las puedes encontrar en el documento de la ENEI 2019 aunque afortunadamente en el glosario de esa misma estrategia sí pusieron el concepto de Ajustes Razonables como originalmente es: "para garantizar a las personas con discapacidad..."


Si tienes dudas pregúntame. 


Y no te cases con los autores, reflexiona por qué el autor dijo lo que dijo. "como Fulanito sugiere una ruptura con las adecuaciones y las adecuaciones son malas entonces no hay que hacerlas más"  😵‍💫 🙄😒  No hagas eso por favor.

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